La historia comenzó en 2019, en una escuela pública de Zamora, pero su eco ha llegado a todo el sistema educativo del Ecuador. La denuncia presentada por la madre de un niño de seis años, víctima de presuntos maltratos físicos y psicológicos por parte de su profesora, terminó convirtiéndose en un caso emblemático que hoy marca un antes y un después en la forma en que el Estado debe enfrentar la violencia dentro de las aulas.
Una denuncia archivada que terminó reformando los protocolos educativos.
Según la acusación, la docente arrancaba hojas de los cuadernos del menor, le jalaba las orejas, le gritaba frente a sus compañeros, lo castigaba sin recreo y le negaba el permiso para ir al baño, situaciones que —relató la madre— derivaron en episodios de humillación y angustia para el niño. El menor dejó de querer asistir a clases y, posteriormente, otros estudiantes y evaluaciones internas confirmaron prácticas de maltrato físico y emocional.
Sin embargo, pese a los informes, el proceso administrativo fue archivado. La profesora no recibió sanciones disciplinarias y únicamente fue trasladada a otra institución. Esa respuesta institucional, considerada insuficiente por la familia, impulsó la judicialización del caso hasta llegar a la Corte Constitucional.
En su sentencia, el máximo organismo de control constitucional determinó que se vulneraron los derechos del niño y ordenó una serie de medidas de reparación: atención médica y psicológica para el menor y su familia, disculpas institucionales por parte de la escuela y la dirección distrital, además de procesos obligatorios de capacitación docente para prevenir la repetición de hechos similares.
Pero la Corte fue más allá. Escogió este expediente como caso de referencia para fijar estándares obligatorios frente a la violencia escolar en todo el país. Entre ellos, estableció que el Estado debe garantizar:
-Entornos educativos libres de violencia.
-Mecanismos eficaces de prevención, detección temprana y protección.
-Investigación oportuna y sanción a los responsables.
-Reparación integral a las víctimas.
-Evaluación periódica, formación y seguimiento al personal docente.
-Atención inmediata a denuncias presentadas por estudiantes o familias.
Además, la sentencia subraya que cualquier medida adoptada por autoridades educativas debe priorizar el bienestar del estudiante, con el objetivo de evitar la deserción escolar y asegurar su permanencia en el sistema educativo.
Especialistas en educación y derechos humanos han señalado en distintos informes que la violencia escolar —en sus formas físicas, psicológicas o simbólicas— continúa siendo una problemática subregistrada en el país. Muchos casos no se denuncian por temor a represalias, desconfianza en los procesos administrativos o desconocimiento de los protocolos.
El fallo de la Corte pone en evidencia falencias históricas: investigaciones incompletas, sanciones leves, traslados de docentes sin procesos disciplinarios de fondo y falta de acompañamiento a las víctimas. Para los analistas, la decisión judicial obliga a repensar la gestión institucional y a reforzar la formación docente en enfoques de derechos, convivencia escolar y resolución pacífica de conflictos.
Sentencia histórica para las aulas
Corte exige prevención y sanción en casos de violencia escolar.
Con este fallo, la Corte Constitucional no solo resolvió un caso particular, sino que marcó un punto de inflexión para todo el sistema educativo. La protección de niños, niñas y adolescentes pasa de ser un compromiso declarativo a una exigencia constitucional concreta.
El desafío para el Estado
El reto pendiente del sistema educativo tras la sentencia.
La sentencia abre ahora un nuevo escenario para el Ministerio de Educación y los distritos escolares, que deberán adaptar sus protocolos, fortalecer sistemas de denuncia y garantizar que las medidas no queden solo en el papel. La exigencia es clara: actuar con rapidez, proteger a los estudiantes y evitar la revictimización. En un país donde la escuela es, para miles de niños, el principal espacio de socialización y aprendizaje, el pronunciamiento de la Corte Constitucional marca una advertencia contundente: la violencia no puede ser normalizada ni minimizada dentro de las aulas. La protección de la niñez, recordó el organismo, no es opcional, sino una obligación constitucional. El fallo deja en evidencia fallas estructurales en la respuesta institucional frente a denuncias de maltrato —como el archivo de casos sin sanción o el simple traslado de docentes— y exige una transformación profunda en la forma en que se previenen, investigan y sancionan estas conductas. Además, coloca al interés superior del niño como eje central de cualquier decisión administrativa, buscando evitar que las víctimas abandonen la escuela o sean revictimizadas durante los procesos. En términos más amplios, la sentencia envía un mensaje político y social: la violencia dentro de las aulas ya no puede ser normalizada ni minimizada, y el Estado deberá rendir cuentas si no actúa con rapidez, diligencia y enfoque de derechos humanos.