SRI incrementa retención sobre intereses de depósitos y pólizas

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Las personas que planean invertir su dinero en pólizas o depósitos a plazo fijo en bancos o cooperativas en Ecuador deberán considerar un cambio tributario que entró en vigencia en marzo de 2026. La medida establece una mayor retención sobre los rendimientos financieros, lo que podría reducir ligeramente las ganancias obtenidas por los ahorristas.

Nueva retención del 3 % afectará rendimientos de inversiones en Ecuador.

El cambio fue dispuesto mediante una resolución emitida el 27 de febrero de 2026 por el Servicio de Rentas Internas (SRI), que fijó nuevos porcentajes de retención del Impuesto a la Renta para varios tipos de ingresos financieros. La normativa comenzó a aplicarse desde el 1 de marzo de 2026.

De acuerdo con la resolución, las entidades financieras deberán aplicar una retención del 3 % sobre los intereses y otros rendimientos generados por productos como cuentas corrientes, certificados financieros, pólizas de acumulación, depósitos a plazo, certificados de inversión, así como avales y documentos similares. Antes de esta modificación, la retención establecida era del 2 %.

La retención será realizada directamente por el banco o cooperativa donde el cliente mantenga la inversión. Sin embargo, el porcentaje se calcula únicamente sobre el rendimiento generado por el capital invertido y no sobre el monto total del depósito o póliza.

El abogado tributario Javier Bustos explicó que la normativa contempla una excepción importante. Según la ley tributaria ecuatoriana, las inversiones o pólizas con un plazo igual o superior a 180 días —es decir, seis meses o más— están exentas de esta retención.

En caso de inversiones a plazos menores, la retención funcionará como un adelanto del pago del Impuesto a la Renta. Esto significa que el dinero retenido será transferido al SRI y no quedará en la entidad financiera. El contribuyente podrá recuperar ese valor o utilizarlo como crédito tributario al momento de presentar su declaración anual de impuestos, que para los ingresos de 2026 deberá realizarse en marzo de 2027./El Comercio

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