Continúan controles para evitar el expendio de productos lácteos sin registro sanitario

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Técnicos de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa) y de la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario (Agrocalidad) visitan plantas destinadas a la elaboración de productos lácteos en la zona 3.

┬á“Durante el control, el equipo técnico de Arcsa evidencia incumplimientos en el etiquetado de algunos productos lácteos, como adelantos en fechas de elaboración de los productos, y utilización de suero de leche líquido en bebidas lácteas, por lo que iniciaremos el proceso administrativo sancionatorio correspondiente” indicó Jorge Guevara, Coordinador Zonal 3 de Arcsa.

Según el Art. 9 del Acuerdo Ministerial No. 177: “Las bebidas con suero de leche podrán elaborarse únicamente con suero estado polvo”.┬á

Por su parte, la Ley Orgánica de Salud, en su Art.146, menciona: “En materia de alimentos se prohíbe: g) La oferta de un alimento procesado con nombres, marcas, gráficos o etiquetas que hagan aseveraciones falsas o que omitan datos de manera que se confunda o lleve a error al consumidor;”.

El incumplimiento al artículo antes mencionado: “Será sancionado con multa de diez salarios básicos unificados del trabajador en general, decomiso y clausura temporal o definitiva del establecimiento correspondiente, el incumplimiento a lo dispuesto en los artículos 42, 49, 137, 140, 141 inciso primero, 146, 164 y 170 de esta Ley”, conforme lo dicta el Art. 248 de la LOS. (28)

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