Condenado a 19 años por tráfico de drogas en alta escala

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Tras un proceso judicial sustentado en pruebas técnicas y testimoniales, el Tribunal de Garantías Penales de Chimborazo sentenció a 19 años de prisión a Manuel A., de 31 años, hallado culpable del delito de tráfico ilícito de drogas en alta escala. El fallo también impone una multa equivalente a 600 salarios básicos unificados, en una resolución que marca un precedente en la lucha contra este delito en la provincia.

Condenado a 19 años de prisión por tráfico de drogas en alta escala en Chimborazo.

La sentencia se dictó luego de que el tribunal valorara los elementos probatorios presentados por la Fiscalía General del Estado, durante la audiencia de juzgamiento desarrollada en la ciudad de Riobamba, este 20 de febrero de 2026.

El caso se originó a partir de información reservada y el uso de técnicas especiales de investigación, que alertaron a las autoridades sobre el presunto almacenamiento y comercialización de sustancias estupefacientes en un inmueble del barrio La Primavera, ubicado en las calles San Andrés y San Luis.

Con estos antecedentes, la tarde del 25 de marzo de 2025 se ejecutó un operativo conjunto entre Fiscalía y la Policía Nacional del Ecuador, que culminó con el allanamiento de la vivienda identificada. Durante la intervención, en uno de los dormitorios del inmueble, los agentes hallaron una funda que contenía 453 gramos de marihuana y 1,80 gramos de cocaína, además de una balanza digital, un teléfono celular, dinero en efectivo y otros indicios vinculantes con la actividad ilícita.

El ahora sentenciado fue aprehendido en delito flagrante. La fiscal del caso, perteneciente a la Unidad Especializada en Delincuencia Organizada Transnacional e Internacional (Fedoti), expuso ante el tribunal un conjunto de pruebas consideradas concluyentes para demostrar tanto la existencia del delito como la responsabilidad penal del procesado.

Entre los elementos constaron el parte de aprehensión, informes policiales, el acta de verificación y pesaje de las sustancias, versiones rendidas por el detenido y demás evidencias ingresadas legalmente en cadena de custodia por la Policía Antinarcóticos.

De acuerdo con la normativa vigente, el tráfico de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en alta escala está tipificado en el artículo 220, numeral 1, literal c, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que establece penas privativas de libertad de 19 a 22 años. En este caso, el tribunal impuso la sanción mínima prevista por la ley, además de la multa económica correspondiente.

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