Nuevo procedimiento para la publicidad institucional en las elecciones generales 2025

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POLÍTICA

Con la reciente publicación de la Convocatoria a las Elecciones Generales 2025, las entidades públicas deberán seguir un nuevo procedimiento para la difusión de publicidad institucional.

La normativa electoral establece que está permitida la difusión de información por parte de las instituciones públicas, en caso de grave conmoción interna, catástrofes naturales u otras situaciones excepcionales.

A partir del 12 de septiembre, el Consejo Nacional Electoral (CNE) ha establecido que cualquier publicidad institucional en medios de comunicación, que incluya radio, televisión, medios digitales, vallas publicitarias, prensa escrita u otros formatos impresos, requerirá una autorización previa por parte del organismo electoral.

Este nuevo requisito se implementa con el objetivo de asegurar la transparencia y la equidad durante el periodo electoral. Las entidades interesadas en difundir información deberán solicitar la autorización correspondiente en cualquiera de las 24 Delegaciones Provinciales Electorales, en la Dirección Nacional de Promoción Electoral o en la Secretaría General del CNE. Los interesados pueden encontrar el formato de solicitud en la página web oficial del CNE: www.cne.gob.ec

La normativa electoral vigente permite la difusión de información institucional en situaciones excepcionales, como en casos de grave conmoción interna, catástrofes naturales u otras emergencias. Sin embargo, en el resto de los casos, la autorización previa del CNE será indispensable para garantizar que la publicidad institucional no interfiera con el proceso electoral y mantenga la imparcialidad de las elecciones.

Este paso es parte del compromiso del CNE para asegurar que las elecciones se desarrollen en un entorno de equidad y transparencia, protegiendo la integridad del proceso electoral y el derecho de los ciudadanos a una información imparcial.

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