Reducción del IVA durante el feriado de Año Nuevo en Ecuador

Facebook
Twitter
WhatsApp
Email

DECRETO

Mediante el Decreto Ejecutivo Número 271, el presidente Daniel Noboa dispuso la reducción temporal del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 15% al 8% para el sector turístico. La medida regirá los días jueves 1, viernes 2, sábado 3 y domingo 4 de enero de 2026, con el objetivo de incentivar el turismo interno durante el feriado nacional.

Decreto Ejecutivo 271 reduce el IVA al 8% para servicios turísticos del 1 al 4 de diciembre de 2026.

Según el decreto, la reducción aplica únicamente a los servicios definidos como actividades turísticas conforme al artículo 5 de la Ley de Turismo, que incluye hospedaje, alimentación, transporte turístico, agencias de viajes y otros servicios vinculados a la actividad.

El documento establece que esta disposición entrará en vigencia desde su firma y deberá ser ejecutada por las instituciones competentes, entre ellas el Servicio de Rentas Internas (SRI) y el Ministerio de Turismo, que serán los encargados de aplicar la medida y difundir la información a los contribuyentes.

A través del ministro de Trabajo, Harold Burbano, se conoció de primera mano la noticia de que el Gobierno decretaría un puente el viernes 2 de enero para que los ecuatorianos disfrutaran de cuatro días de feriado debido a que 1 de enero cae jueves.

En principio, Burbano comentó que la jornada del 2 de enero sería recuperable; sin embargo, el 17 de diciembre, a través del Decreto Ejecutivo 249, el presidente Daniel Noboa dispuso suspender la jornada de trabajo en todo el territorio nacional, para el sector público y privado, el día viernes 2 de enero de 2026.

Así, el feriado del 1 y 2 de enero no serán recuperables, es decir, que los servidores privados o públicos no deberán devolver esas horas de descanso a los empleadores. Así, el feriado queda establecido del 1 al 4 de enero de 2026.

Facebook
Twitter
WhatsApp
Email