JUSTICIA
El sistema de justicia penal para adolescentes infractores dictó una sentencia de ocho años de internamiento preventivo contra un adolescente declarado responsable del asesinato de Félix Hugo I. G., ocurrido el 2 de marzo de 2025 en el cantón Las Naves, provincia de Bolívar. Además de la medida privativa de libertad, el juez dispuso la aplicación de medidas socioeducativas, seguimiento psicológico y acompañamiento institucional, conforme a lo dispuesto en el Código de la Niñez y Adolescencia.

Según la investigación, el hecho se produjo alrededor de las 17H00 del 2 de marzo. La Fiscalía determinó que el adolescente atacó a la víctima por la espalda con un arma blanca, en medio de un conflicto derivado de una deuda por la compra de una sustancia ilícita previamente adquirida.
Tras el ataque, equipos investigativos –con apoyo de fuentes reservadas– lograron la aprehensión del adolescente pocas horas después del crimen.
Durante la audiencia de juicio, el fiscal a cargo del caso presentó diversos elementos que fortalecieron la acusación. Entre las pruebas expuestas constaron:
Inspección ocular técnica y levantamiento de indicios; Reconocimiento del lugar de los hechos; Informe investigativo de la Dinased; Autopsia médico-legal, que determinó la causa de muerte; Informe de reconocimiento médico-legal practicado por Medicina Legal; Testimonios y documentación recabada durante la instrucción fiscal.
El juez especializado concluyó que existían suficientes elementos que demostraban la participación directa del adolescente en el asesinato.
El crimen fue procesado bajo el tipo penal de asesinato, tipificado en el artículo 140, numerales 2 y 4 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que contempla circunstancias agravantes como el uso de arma blanca y el ataque por sorpresa.
Dado que el responsable es menor de edad, la sanción fue aplicada en concordancia con la normativa del Sistema de Justicia Penal para Adolescentes Infractores, que establece medidas diferenciadas y orientadas a la rehabilitación.










